Plan de Salud y Hospitalización Internacional (IHHP) ( English )
Art. 3 Plazos de carencia en relación con nuevos contratos de seguros y ampliación de coberturas.
3.1 Al celebrarse un nuevo contrato de seguro, el derecho de compensación no entrará en vigor hasta cuatro (4) semanas después de la fecha de comienzo del seguro. Sin embargo, no habrá plazo de carencia alguno cuando el titular del seguro pueda probar la transferencia simultánea de un seguro equivalente con otra compañía internacional de seguros de salud.
3.1.1. En caso de lesión grave y enfermedad grave y aguda, el derecho de compensación entrará en vigor a partir de la fecha de comienzo del seguro.
3.1.2. Adicionalmente, el contrato de seguro supondrá los siguientes plazos de carencia
a) para gastos incurridos en relación con embarazo, parto y sus secuelas, el derecho de compensación entrará en vigor a los doce (12) meses a partir de la fecha de comienzo del seguro.
b) para gastos incurridos en relación con tratamientos de ortodoncia, el derecho de compensación entrará en vigor a los veinticuatro (24) meses a partir de la fecha de comienzo del seguro.
3.2 El asegurado podrá cambiar la cobertura del seguro a otro tipo de cobertura con efecto a partir del aniversario de la póliza , previo aviso por escrito con un mes de antelación a la Compañía y sujeto a prueba de asegurabilidad, conforme al Art 1.
3.3 La Compañía tramitará una ampliación de la cobertura como un contrato nuevo, conforme al Art 1.
3.4 Si la cobertura acordada al comienzo del contrato se ampliase, el derecho de compensación entrará en vigor a las cuatro (4) semanas de la fecha de comienzo de la ampliación. Sin embargo, los Arts. 3.1.2 a) y b) seguirán siendo vigentes. Durante el plazo de carencia, se aplicará la cobertura anterior.
3.4.1 En caso de lesión grave y enfermedad grave y aguda, el derecho de compensación bajo la cobertura ampliada entrará en vigor simultáneamente con la fecha de comienzo de la ampliación misma.
Art 4. Quién está cubierto por el seguro
Glosario
El presente documento constituye una traducción de la lengua inglesa. En caso de discrepancias entre ambas versiones del texto o de ambigüedades en la traducción en español, prevalecerá el original en inglés.